El reconocimiento médico-deportivo debería ser el punto de partida de cualquier deportista que se enfrenta a la actividad física. Se trata de medicina preventiva destinada a eliminar gran parte de los riesgos relacionados con la práctica deportiva.
Para determinar el reconocimiento médico-deportivo de cada sujeto hay que tener en cuenta la edad, su nivel de práctica deportiva y el deporte en sí. No es lo mismo la práctica deportiva en niños que en adolescentes y jóvenes (etapa donde el deporte se practica con una intensidad más alta) o personas mayores e incluso en enfermos patológicos que utilizan el deporte como terapia. También cada deporte tendrá un nivel de intensidad, no es lo mismo el voleibol que el ciclismo.
En la mayoría de las licencias federativas se incluyen ya un apartado para la realización de un reconocimiento médico. El Comité Científico de la Federación Internacional de Medicina del Deporte (FIMS) establece la necesidad de realizar una valoración médico-deportiva en personas mayores de 35 años que inicien o reemprendan una actividad física de competición o incluso de tipo lúdica.
Esta necesidad de realización de reconocimientos médicos previos a la práctica de cualquier actividad deportiva tiene un caracter preventivo, intentando evitar el problema antes de que ocurra o manejarlo adecuadamente para que cree las menores molestias posibles al deportista.
Objetivos de un reconocimiento médico-deportivo
- Valoración del estado de salud del deportista: se consigue descartar determinadas enfermedades, lesiones o patologías que pueden constituir un riesgo para el deportista. Detección de causas patológicas que representen algún tipo de contraindicación absoluta, relativa o temporal a la práctica deportiva.
- Detección del nivel de adaptación del deportista al esfuerzo físico: se debe adaptar a las diversas etapas de la evolución biológica del deportista, así como a las diversas etapas del entrenamiento. Ello permite aconsejar la práctica más adecuada a las posibilidades de cada persona.
- Prevención de lesiones y enfermedades: que pueden derivarse de ciertas anomalías, defectos físicos o insuficiencias del deportista, incluyendo la falta de condición física y la inadecuación entre el grado de maduración biológica y la actividad deportiva elegida, en el caso de los deportistas en desarrollo.
- Oportunidad de participación de deportistas con procesos patológicos: se debe proporcionar la oportunidad de participación en actividades deportivas a personas que tengan procesos patológicos, indicándoles sus posibilidades, limitaciones y riesgos implicados.
- Cumplimiento de requisitos legales y de seguridad: cumplir los requisitos legales y de seguridad para los programas deportivos organizados.
- Establecimiento de la relación médico-enfermo: esta relación permite aconsejar al deportista sobre temas de salud e incluso personales.
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